¿Tienes Dudas?

(+57) 313 329 9560

Horario

Lun - Vier 8:00am a 6:00pm

Cobertura

Colombia y colombianos en el exterior

Preguntas Frecuentes

Home / Preguntas

Preguntas Frecuentes

BENEFICIOS DE LA LEY

¿Qué es la insolvencia?

La insolvencia es el estado económico en el que se encuentra una persona cuando sus ingresos son inferiores a sus gastos, lo que le impide pagar sus deudas y le dificulta asumir los gastos de su vida diaria.

¿Qué es la Ley de insolvencia?

Es la ley 1564 de 2.012, Código General del Proceso, artículos 531 y siguientes. Ley que regula los procesos de insolvencia de la persona natural no comerciante.

¿Para qué sirve la Ley de insolvencia?

Esta ley le permite a las personas salir de sus deudas a través de un acuerdo de negociación o una liquidación patrimonial.

¿Bajo qué circunstancias se puede acoger una persona a la Ley de insolvencia?

Personas que no puedan atender sus obligaciones por circunstancias como:

  • Reducción de ingresos. Ej: pérdida de empleo, viudez, deterioro ejercicio en oficio o profesión en independientes
  • Aumento de egresos. Ej: Universidad de los hijos
  • Malas inversiones. Ej: Negocios fracasados, piramides, malas cosechas.
  • Calamidad: Ej: Enfermedad, incapacidad, accidente, robo, incendio, inundación
  • Divorcio
  • Endeudamiento excesivo con entidades financieras o personas naturales

¿Qué es un acuerdo de negociación?

Es una propuesta de pago que hace el deudor a todos sus acreedores, buscando obtener rebajas, amplios plazos, cómodas cuotas, cero intereses y cero sanciones, con la asesoría de Chaodeudas.

  • Suspende embargos y remates.
  • No más llamadas de cobro.
  • Cambio del estatus en centrales de riesgo.
  • Incluye además de deudas con el sector financiero, deudas por impuestos, servicios públicos domiciliarios, comerciales y personales (colegios, administración).
  • Rapidez en trámite: entre 60 y 90 días.

¿Qué es una liquidación patrimonial?

Es la adjudicación de los bienes del deudor a la totalidad de sus acreedores, con lo que mata todas sus deudas, aunque el valor de los bienes sea inferior al de las deudas.

¿Qué deudas se pueden negociar?

Todas, excepto las deudas de alimentos. Por ejemplo: créditos bancarios, tarjetas de crédito, deudas con personas jurídicas, deudas con personas naturales, deudas con agiotistas, deudas con parientes, con amigos, con la administración del edificio o del conjunto residencial, servicios públicos domiciliarios, créditos educativos o deudas con el colegio de los niños, impuesto de renta e impuesto de vivienda o vehículo. No importa si las deudas constan o no en pagarés, letras, contratos escritos o cualquier otro documento, ni si tienen o no garantías como prenda sobre vehículo o cualquier otro bien mueble o hipoteca. Tampoco importa si están o no en cobro prejudicial o judicial, con embargos o sin embargos.

¿Por qué acudir a CHAODEUDAS?

Por que trabajando en equipo contigo, Chaodeudas encontrará la alternativa más beneficiosa para solucionar tus angustias económicas, entre todas las posibles soluciones que ofrece la Ley de insolvencia.

¿Qué diferencia existe entre CHAODEUDAS y otras alternativas que ofrece el mercado?

En internet puedes encontrar ofertas para la solución de tus problemas financieros, pero muchas de ellas no aplican para obligaciones distintas a las que se tienen con entidades financieras (créditos bancarios, tarjetas de crédito) dejando de lado otras no menos agobiantes, como deudas con personas jurídicas, deudas con personas naturales, deudas con agiotistas, deudas con parientes, con amigos, con la administración del edificio o del conjunto residencial, servicios públicos domiciliarios, créditos educativos o deudas con el colegio de los niños, impuesto de renta e impuesto de vivienda o vehículo, las cuales están incluidas en la Ley de insolvencia. Adicionalmente, muchas de esas alternativas son ofrecidas por entidades vinculadas al sector financiero, motivo por el cual sus soluciones son simples y costosas refinanciaciones.

¿Qué ventajas tiene CAHODEUDAS sobre las alternativas que me ofrecen las mismas entidades acreedoras? (Bancos, DIAN, Secretaría de Hacienda, personas naturales, etc)

Las refinanciaciones que ofrece el propio acreedor muy rara vez incluyen condonación de intereses y, menos aún, períodos de gracia (no pago de capital e intereses) o plazos sin intereses, ventajas que casi siempre se logran en las negociaciones de Ley de insolvencia con CHAODEUDAS.

¿Mi esposo(a) / compañero(a) permanente está obligado(a) a responder con sus bienes ante mis acreedores?

No. En la liquidación patrimonial no se contarán dentro de la masa de liquidación los activos ni los bienes propios de su cónyuge o compañero permanente, ni aquellos sobre los cuales haya constituido patrimonio de familia inembargable, los que se hubieren afectado a vivienda familiar, así como aquellos que tengan condición de inembargables.

¿Qué pasa con los procesos de embargo y remate?

Quedan suspendidos automáticamente, y, por tanto, los bienes embargados no pueden ser rematados, aún en el caso extremo de que se haya fijado fecha para tal diligencia. Además, en el acuerdo, se puede disponer la venta de los bienes embargados para lo cual el propio deudor puede solicitar y obtener el levantamiento de los embargos.

¿Cuánto dura el procedimiento?

Entre 60 y 90 días hábiles a partir de la solicitud.

¿Las cuotas que aun no se han vencido, deben continuar pagándose?

No. A partir de la solicitud no puede pagarse ninguna obligación existente, aunque el vencimiento de la misma sea posterior.

Pero, esas obligaciones (o cuotas) no vencidas deben incluirse dentro del acuerdo?

Si. Dentro del acuerdo deben incluirse todas las obligaciones a cargo del deudor, vencidas y no vencidas.

¿Qué ocurre con los gastos de subsitencia, alimentación, vestuario, vivienda del deudor y de las personas que se encuentran a su cargo?

Todos los gastos en los que deba incurrir el deudor a partir del momento de la solicitud deben pagarse en los términos en que se pacten.

¿Si entro en Ley de insolvencia, quedo imposibilitado para disponer de mis bienes?

En negociación de deudas (ver qué es negociación de deudas) el deudor puede disponer de todos sus bienes, sin limitación alguna. En liquidación patrimonial, la totalidad de los bienes del deudor quedan destinados exclusivamente al pago de las deudas.

¿Qué pasa con las obligaciones contraídas en unidades de cuenta diferentes a pesos colombianos?

Las obligaciones contraídas en dólares, euros, otras monedas extrajeras, UVR o cualquier otra unidad de cuenta diferente a pesos colombianos, se liquidarán en pesos colombianos a la tasa de cambio del día anterior a la fecha de admisión al tramite de negociación de deudas.