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Liquidación patrimonial de Persona Natural no Comerciante: Así funciona

La Ley de Insolvencia de Persona Natural No Comerciante, es aquella que le permite recuperar su situación financiera y salir de deudas. Esta Ley está disponible para todas las personas Naturales que tengan 90 o más días de mora en al menos el 51% de sus deudas y que cumplan con el requisito de no tener RUT de comerciante. Para acceder a ella hay 2 caminos: La negociación de deudas y la liquidación patrimonial. La modalidad escogida dependerá del caso particular de cada deudor, puesto que cada una tiene beneficios diferentes. Si bien, ambas ofrecen excelentes caminos, en esta oportunidad, nos centraremos en la Liquidación Patrimonial para contarle en qué consiste y sus beneficios.

 

Para entender el proceso de liquidación patrimonial de la persona natural no comerciante, es necesario entender primero el concepto de liquidación patrimonial. Esta consiste en “Un procedimiento judicial por medio del cual se extingue parcialmente el patrimonio de una persona natural no comerciante por parte de un auxiliar de la justicia a quien se nombra como liquidador, adjudicando a sus acreedores los activos del deudor en mora que existan a la fecha de apertura del trámite, con el fin de saldar los pasivos que aquél les adeuda”, art. 534 del C. G. del P.: Competencia de la jurisdicción ordinaria civil. Con lo anterior entendemos que este procedimiento consiste en usar los activos para el pago de los acreedores, ya sea mediante la enajenación de los mismos haciendo uso de subastas, venta directa o por adjudicación de los mismos, siempre siguiendo los órdenes de prelación legal para el pago.

 

Es fundamental, entender que para acceder a una liquidación patrimonial no es necesario que los activos (propiedades, carros o cuentas bancarias) sean iguales o superiores al pasivo (las deudas), de hecho, existen casos en donde los deudores morosos entran a una liquidación aún sin tener nada a su nombre y salen libres de deudas. Un ejemplo concreto es el caso de un deudor con una deuda de 400 millones de pesos que posee un único bien a su nombre, un carro por el valor de 30 millones. En este caso, el deudor entraría a un proceso de liquidación entregando su vehículo y saldría del proceso libre de deudas a pesar de no haber pagado los 370 millones restantes.

 

Se entiende entonces, que este procedimiento es principalmente beneficioso para aquellos cuyos bienes son inferiores a sus deudas ya que en el proceso de liquidación se entrega todo lo que se tiene por lo que se debe, sin importar si esta cifra es inferior.

 

En conclusión, la liquidación patrimonial es recomendada para salir de deudas si el patrimonio es inferior a las mismas, permitiendo al deudor no tener que hacer pagos por largos años.

 

Deje su caso en las mejores manos y que seamos nosotros quienes decidamos si este es el camino correcto para usted, ¡Agende su cita y salga de deudas!

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